martes, 11 de octubre de 2011

Beyoncé denunciada por plagio

Anne Teresa de Keersmaeker, coreógrafa belga de danza contemporánea, que goza de cierta popularidad en su ámbito artístico, ha denunciado a Beyoncé por plagio de coreografías en su último videoclip Countdown.

En concreto, la belga afirma que sus coreografías Rosas danst Rosas y Achterland (estrenadas en 1983 y 1990) han sido copiadas. Además de los pasos de baile, también habría plagiadoel vestuario, la decoración y el diseño de producción que filmó Thierry De Mey.

Parece ser que De Keersmaeker se enteró por Facebook del asunto, cuando le preguntaron si había vendido su obra a Beyoncé, debido al enorme parecido.

La bailarina dice sentirse honrada y afirma que Beyoncé canta y baila muy bien. Pero que copiar, ha copiado. La coreógrafa ha llamado la atención sobre el hecho que "Rosas danst Rosas", un clásico ya de la danza contemporánea, tenía un componente feminista que, sin embargo, en la piel de Beyoncé "es un mero objeto sexual y de consumo".

La cuestión fundamental es primero dilucidar el grado de semejanza entre las coreografías y si la supuestamente plagiada cumplía el criterio de originalidad, para ser protegida por los derechos de autor.
La cuestión de las artes temporales, como es la coreografía, tiene el obstáculo para su protección de su inmaterialidad, salvo que se registre (lo que abre la puerta a más derechos afines).


lunes, 12 de septiembre de 2011

Directiva UE que amplia en 20 años la propiedad intelectual de intérpretes y productores fonográficos

Según informa El Mundo.es, la UE ha aprobado una directiva por la que se amplía de 50 a 70 años el límite para el disfrute de la propiedad intelectual de los intérpretes y productores fonográficos sobre las grabaciones.
Votaron en contra: Bélgica, la República Checa, Holanda, Luxemburgo, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia y Suecia. Austria y Estonia se abstuvieron.

La cuestión sería ahora preguntar qué pasa con actores y productores de audiovisuales...

martes, 30 de agosto de 2011

Anonymous hace ganar dinero a Time Warner

El grupo, movimiento o como quiera que se llame lo que se oculta detrás del nombre de Anonymous y que tienen por objeto hackear webs y servidores del mundo en pro de... (¿de qué?), suelen tener como símbolo visible la máscara de un personaje de la película V de Vendetta, cuyos derechos de propiedad intelectual posee el conglomerado Time Warner.

La proliferación de manifestaciones pseudorevolucionarias que estamos asistiendo y la publicidad que dan los medios (locos por sacar la nueva revolución 68), han provocado que los frikis del mundo adquieran la dichosa careta, aportando su granito de arena a quien tiene el poder de autorizar la fabricación de dicho producto: es decir, Time Warner.

Paradojas de la propiedad intelectual, o mejor dicho de la posmodernidad: los que presumen de revolucionarios acaban siendo los más alienados.

martes, 16 de agosto de 2011

La JMJ y los derechos de autor

La SGAE ha anunciado que asumirá el coste de los royalties que se produzcan durante las actividades de la Jornada Mundial de la Juventud que se inicia hoy en Madrid.
La entidad de gestión se puso en contacto con la organización de la JMJ para notificar la exención de pagos por los derechos generados. Previamente esta organización había enviado a la SGAE los titulares de derechos que cedían sus derechos para la Jornada.
En todo caso, SGAE afirma que es una cantidad simbólica porque la mayoría de las obras en cuestión son del repertorio en dominio público.
Además habría que recordar en este sentido el artículo 38 de la Ley de Propiedad Intelectual vigente en España:

Artículo 38. Actos oficiales y ceremonias religiosas.

La ejecución de obras musicales en el curso de actos oficiales del Estado, de las Administraciones públicas y ceremonias religiosas no requerirá autorización de los titulares de los derechos, siempre que el público pueda asistir a ellas gratuitamente y los artistas que en las mismas intervengan no perciban remuneración específica por su interpretación o ejecución en dichos actos.


En cuanto a los actos centrales de la JMJ habría que decir:
En primer lugar que se trata de una ceremonia religiosa
En segundo lugar los artistas no reciben remuneración porque son una orquesta confeccionada por músicos voluntarios.
El único requisito que podría dar problemas es que los peregrinos que participan en la JMJ han abonado una cantidad. Si bien es verdad que no en concepto de entrada, sino como aportación para sufragar los gastos de organización.
Por tanto me decante en afirmar que regiría este límite. Si bien es verdad que el anuncio de SGAE no es baladí, pues la JMJ también incluye una serie de actos culturales durante esta semana que requerían autorización por parte de los titulares de las obras intelectuales.
Por último, y más en este blog que se titula "Los tres pasos", es necesario recordar el "olvidado" artículo 40 bis



Artículo 40 bis. Disposición común a todas las del presente capítulo.

Los artículos del presente capítulo no podrán interpretarse de manera tal que permitan su aplicación de forma que causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor o que vayan en detrimento de la explotación normal de las obras a que se refieran.


Todo límite, incluído el mencionado del 38, no puede aplicarse si se causa perjuicio injustificado a los intereses del autor. En el caso que nos ocupa, un evento en el que se concentrarán más de un millón de personas, el hecho más que perjudicar, supondrá un apoyo en difusión a toda obra intelectual que se difunda durante estos días en Madrid.

miércoles, 27 de julio de 2011

¿De quién son los trajes de Stars Wars?

Un tribunal británico ha decidido que el diseñador de los trajes Stars Wars puede seguir vendiendo réplicas de los mismos.

El caso es que Ainsworth trabajó para Lucas en el diseñor del vestuario de Stars Wars. Desde hace ocho años vende réplicas utilizando los moldes que fabricó para la película.

A George Lucas no le hizo mucha gracia. Piensa que la propiedad intelectual de esos diseños son suyos, en cuanto productor de la película y por tanto, según la legislación de EE.UU., titular de los derechos de explotación de la película.

El tribunal dice que no son obras originales y da la razón a Ainsworth, que a pesar de todo no podrá vender los trajes en EE.UU. Decisión que en mi opinión no se ajusta a Derecho y tiene más pinta de acuerdo que de otra cosa.

No estoy de acuerdo en que no sean obras originales los diseños. Deben serlo.

Claro, pero de haber el tribunal aceptado que sean obras originales, habría reconocido los derechos de explotación de Ainsworth, que acto seguido habría cargado contra Lucas por las veces que ha reproducido y dsitribuido sus diseños (yo mismo tenía los muñecos de los soldados imperiales y creo recordar que todos tenían grabado en la suela eso de Lucasfilms ltd).

Por otro lado no conozco el contrato que unía a Ainsworth con Lucas, pero imagino que tendría que haber una cesión de derechos sobe los diseños. Lucas no es tonto, ni lo era en el 77.

No cabría pensar que el diseñador hizo su trabajo, pero no cedió los derechos de reproducción, distribución ni comunicación pública, o de lo contrario cada vez que salieran los soldados dichosos habría que pixelar la pantalla.

Músicos de SGAE por una redefinición de los derechos de autor

Algunos miembros de SGAE, entre los que se encuentran conocidos músicos como Santiago Auserón, Maite Martín, Inma Serrano o Teo Carralda, han publicado un manifiesto a raíz de los últimos hechos acaecidos en la entidad de gestión.


Afirman que la SGAE tiene comprometida su independencia respecto del Ministerio y las Discográficas, y que destina fondos a usos distintos de sus fines fundacionales.


Dicen que sólo ofrecen recomendaciones, pero entre ellas proponen redefinir los derechos de autor.


No tengo más información porque por más que busco el dichoso manifiesto no lo encuentro, aunque me temo que no diga mucho más ni concrete nada.


La propuesta así formulada no es mala, pero precisa un poco más de desarrollo y concreción, claro.

miércoles, 20 de julio de 2011

¡Oh no! Encalan un grafitti de Banksy

No nos adelantemos a juzgar el hecho como una lesión a la obra o a los derechos morales antes de conocer todos los detalles.

En la ciudad de Bristol, la fachada que pertenece desde hace poco a un centro culural musulmán llevaba ya diez años decorada con un grafitti de Banksy. La obra era un gorila con un antifaz rosa.

Los responsables del inmueble decidieron limpiar la fachada, cosa lógica a todas luces, y encalaron los grafittis que había (el del artista no era el único, sino que compartía el lugar con otros grafiteros anónimos).

El análisis de la cuestión habría que comenzarlo desde la propia obra. Es un grafitti, y como tal creo que debe tenerse en cuenta las características de este tipo de expresiones, pues están adheridas a un soporte cuya propiedad es ajena. Además, por regla general, no tienen la autorización del propietario del soporte.

Este caso habría que claramente diferenciar la propiedad del soporte de la propiedad intelectual de la obra. Un ejemplo precioso, por cierto. Y también cabría comentar que si el origen de la obra es ilegal, esta pierde o no los derechos de autor.

Los grafittis se limpian de las fachadas, y es algo con lo que cuentan los grafitteros, porque en su misma esencia está el hecho de pintar con cierta "ilegalidad" y eso le da emoción al asunto. Banksy juega con eso. Él mismo oculta su rostro y el aporte de clandestinidad le da cierto aura a su obra. Luego debería contar como los demás grafitteros, con soportar la eliminación de su obra.