En el ayuntamiento de Valladolid se han puesto modernos y han anunciado a bombo y platillo que incorporan una licencia creative commons a los contenidos de su web.
Es decir, que como titulares de los derechos de propiedad intelectual que son, proclaman en su obra que se puede utilizar por terceros, siempre y cuando en la obra resultante se indique la autoría y se comparta de la misma manera.
Argumentan que así debería ser con "todas las obras que se generen con dinero público", y pueden tener razón. Quizá podríamos hacer una interpretación extensiva del artículo 13:
Artículo 13 Exclusiones
No son objeto de propiedad intelectual las disposiciones legales o reglamentarias y sus correspondientes proyectos, las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos, así como las traducciones oficiales de todos los textos anteriores.
"actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de organismos públicos" puede ser un concepto suficientemente amplio para incluir una web de un ayuntamiento, y por tanto, no hacer falta la bendita licencia creative commons.
Y aún más, ¿cumplen "las obras" publicadas en la web del ayuntamiento de Valladolid con el criterio de la originalidad para que surja la propiedad intelectual?
También es importante recordar que eso que llaman "copyleft" no es ni más ni menos que una afirmación del régimen clásico de propiedad intelectual, en el que el autor tiene el derecho de autorizar o prohibir el uso de su obra.
De todas formas es algo lógico para una web de un ayuntamiento en la que principalmente se publican notas informativas, es decir, que tienen el objeto de informar y servir a los ciudadanos.
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