miércoles, 18 de mayo de 2016

J.K. Rowling y el derecho (moral) del autor a firmar su obra con pseudonimo

Dice el artículo 14.2ª de nuestra Ley de Propiedad Intelectual que el autor puede "determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo [acuérdense de Prince], o anónimamente".
Estos días en la prensa se cuenta la ocurrencia que tuvo la exitosísima J.K. Rowling (la primera persona que ha ganado 1.000 millones de euros por escribir libros) de ponerse a prueba a ella misma: ¿por qué escribe novelas con pseudónimo? (que por cierto, es su derecho moral como autora), "quería demostrarme a mí misma que podía publicar un libro por el mérito del libro, no por mi nombre".
Dos editoriales rechazaron su novela y ella publicó las cartas de rechazo para animar a los autores jóvenes. Pero eso sí, una vez descubierto quién escribía tras el pseudonimo de Robert Galbraith, la editorial que la publica ha puesto una pegatinita en la cubierta, no vaya a ser que...

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